Un año más, arranca la campaña de la Renta y Patrimonio de 2018. Si quieres acudir puntual a tu cita con la Agencia Tributaria, no dudes en seguir leyendo este post, te desglosamos el calendario del contribuyente para este año y algunas de sus novedades.
La campaña comenzará el próximo día 2 de abril para la presentación por internet y por teléfono, y tendrás hasta el día 1 de julio para rendir cuentas con Hacienda. No obstante, desde el pasado 15 de marzo, los contribuyentes pueden saber si la declaración les saldrá a pagar o a devolver, pues la Agencia Tributaria ofrece los datos fiscales de 2018 con los que se podrá ir anticipando la declaración. A partir de esta fecha, también se puede consultar el número de referencia, mediante RENO, certificado o cl@ve PIN.
Seguimos con las fechas clave para esta campaña. El 1 de abril será el día en el que se podrá empezar a solicitar cita previa para atención telefónica. El Plan “Le Llamamos” permite al contribuyente recibir llamadas de la Agencia Tributaria mediante una cita previa. A partir del día 2 de abril, arranca el periodo de presentación de las declaraciones, tanto por internet como por teléfono. El plazo se prolongará hasta el día 1 de julio a las 24h.
El próximo 9 de mayo empieza el periodo que permitirá al contribuyente solicitar cita previa para atención en oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades colaboradoras. Se podrá realizar hasta el 28 de junio a través de internet, la App de la Agencia Tributaria o por teléfono. El día 14 de este mismo mes, de mayo, inicia el periodo de presentación presencial en oficinas y podrá realizarse hasta el 1 de julio. Es importante saber que sin cita previa no se puede presentar presencialmente la declaración.
Nos vamos al mes de junio. Será el 26 de junio la fecha límite para aquellos casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. El 28 de junio será el último día para pedir cita previa para atención telefónica u oficinas. Este año, el plazo de finalización de la Campaña finalizará el próximo 1 de julio.
En cuanto a las novedades para este año, destacamos la incorporación de la exención de las retenciones de prestaciones por maternidad y paternidad. Ahora estarán exentas de tributar estas prestaciones, después de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de octubre, que ha llevado a Haciendo a devolver todo lo cobrado desde 2014.