Estimado/a compañero/a,
El próximo 30 de septiembre 2015 finaliza el primer trienio del periodo de cómputo en relación a la obligación de formación continuada de los auditores que comenzó el 1 de octubre de 2012.
De acuerdo con la normativa de auditoría en vigor actualmente, los auditores de cuentas inscritos en el ROAC, en situación de ejercientes (en general), o de no ejercientes que prestan servicios por cuenta ajena, deberán realizar actividades de formación continuada por un tiempo equivalente, al menos, a 120 horas en cada período de 3 años, con un mínimo de 30 horas anuales. De ese tiempo, al menos, 20 horas de formación continuada en cada año y 85 horas en cada período de 3 años deben realizarse en materias relativas a contabilidad y auditoría de cuentas
La información de la primera y segunda anualidad ya está reportada al ICAC por parte del Consejo General de Economistas, de acuerdo con los datos que nos fueron facilitados por los Colegios en su momento.