El Colegio de Titulares Mercantiles advierte de que la reforma de la Ley Concursal generará inseguridad jurídica a los acreedores

 

COMEVA alerta de que este anteproyecto de ley no cumple con las pretensiones de Bruselas

 

Los profesionales concursales critican que la ley les pretende expulsar de los procedimientos de insolvencia

 

El Colegio de Titulares Mercantiles y Empresariales de Valencia ya estudia las alegaciones que presentará antes del 25 de agosto a la anunciada reforma de la Ley Concursal. Para COMEVA, el anteproyecto de ley de reforma de la Ley Concursal del Gobierno inicia su trámite de audiencia en unas fechas “inusuales”, según Juan José Estruch, decano del colegio de la empresa. 

 

COMEVA -la entidad colegial económica más antigua de la ciudad- quiere mostrar su preocupación frente al anteproyecto de ley impulsado por el Gobierno que excluye a los profesionales de ciertos procedimientos concursales.

 

Entre las flaquezas de la citada reforma, el Colegio de Titulares Mercantiles y Empresariales de Valencia recalca que el procedimiento especial para microempresas prescinde absolutamente del administrador concursal y crea a los acreedores una total inseguridad jurídica porque los deja en manos del deudor, que va a gestionar su propia deuda.

 

El anteproyecto pretende implantar lo que se denomina sistema de alertas tempranas con el fin de prever situaciones de dificultad económica en empresas que se puedan encontrar próximas a una situación concursal. Esta función de observación y vigilancia se le ha asignado a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social. Juan José Estruch, decano de COMEVA, afirma que “contar con estos dos organismos resulta insuficiente, ya que viene quedando demostrado que estos organismos, aunque sí lo hacen, reaccionan muchas veces de manera tardía”. 

 

Estruch muestra su sorpresa ante la indefinición de los perfiles profesionales que podrán ejercer como administradores concursales. “No se clarifican las condiciones que deben cumplir los profesionales que pretendan ejercer como administradores concursales. Desde la aparición de la ley concursal del año 2003 y hasta nuestros días un buen número de profesionales que han venido ejerciendo la profesión muy dignamente, los cuales están perfectamente capacitados y habilitados para el ejercicio de la profesión. Debería de crearse una disposición transitoria a esta norma que contemplara las características que deben, su convalidación y en su caso su homologación para tener la condición de administrador concursal. Cosa que no se ha hecho y deja inacabado este anteproyecto”.

 

Además, el colectivo se muestra indignado por las fechas en la que se ha publicado este borrador. “Resulta sorprendente intentar aprobar una norma de este calibre en pleno mes de agosto, inhábil judicialmente, mermando la capacidad de respuesta y propuestas a otras entidades y corporaciones de derecho púbico en defensa de los intereses de la sociedad y de los colectivos que representan” declara el decano. El gabinete jurídico de COMEVA está preparando las alegaciones que se presentarán en breve.

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