El  ejecutivo continúa regulando el mercado laboral con el objetivo de poner en marcha medidas que prioricen y agilicen la creación de empleo.

En este sentido, desde el 1 de enero de 2017, los contratos para la formación y el aprendizaje tendrán una bonificación del 100% en las cuotas empresariales. Además, el gobierno ha recuperado las bonificaciones que fueron aprobadas con el Real Decreto 18/2014, que quedaron sin efectos el pasado 30 de junio de 2016.

Con este nuevo escenario legal, ¿cuáles son los colectivos más beneficiados por estas medidas incentivadoras? Hagamos un breve repaso por ellos.

A nivel general, se establecen distintos rangos de desgravaciones para:

  • Emprendedores jóvenes desempleados entre 16 y 30 años.
  • Emprendedores mayores de 45 años desempleados.
  • Contratos en prácticas y formativos para menores de 30 años.
  • Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación.
  • Contrato indefinido de trabajadores, desempleados menores de 30 años.
  • Jóvenes con vinculación formativa.
  • Contrato en prácticas para el primer empleo y contrato temporal para el primer empleo para jóvenes sin experiencia profesional.
  • Desempleados que sustituyan a trabajadores con suspensión del contrato por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento o riesgo durante el embarazo, lactancia.
  • Desempleados que sustituyan a trabajadores con suspensión del contrato por excedencias del cuidado de familiares.

Existen unas bonificaciones especiales de la cuota empresarial por contingencias comunes durante la vigencia del contrato para el colectivo del personal investigador: en formación, del 30%; para tareas de IDI+I, del 40%; y para prácticas curriculares externas, del 100%.

En COMEVA te aconsejamos que te dejes asesorar por un experto para conocer  todas las opciones posibles y sus particularidades de cara a la contratación de nuevos empleados durante este 2017.

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