El Mercado Alternativo Bursátil, más conocido como MAB, es un mercado para pymes a que buscan expandirse, con una regulación a medida, diseñada específicamente para ellas y unos costes y procesos adaptados a sus características.

Las compañías que acceden al MAB buscando nuevas fuentes de financiación tienen que cumplir ciertos requisitos, por lo que deben adaptar su negocio a un proceso que les ayuda a profesionalizar su gestión y a ser más transparentes.

Cotizar en el MAB ofrece la oportunidad para que estas entidades accedan a un mercado más barato y menos exigente que el Continuo. Regulado por Bolsas y Mercados Españoles y supervisado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, ha logrado atraer el interés de más de 90 pequeñas empresas  con proyectos en expansión.

Pero, ¿puede cualquier empresa cotizar en el MAB? Para obtener una respuesta a esta pregunta la cuestión principal que debe plantearse una compañía es si puede satisfacer la elevada demanda de información que solicitará el MAB. Porque si hay una clave para operar en este mercado es la del control y la transparencia.

Una vez contestada de forma positiva a esa cuestión, las ventajas que obtiene la pyme que cotiza en este mercado son, entre otras, el acceso a financiación, liquidez de las acciones, visibilidad y relevancia de su marca.

Como ya hemos indicado, el MAB vela para evitar la comisión de fraudes en las empresas que cotizan en él exigiéndoles altos niveles de transparencia y rendimiento de cuentas cada 6 meses y una vez al año. Esto hace que los futuros inversores confíen su dinero en esos proyectos pero obliga a las cotizadas a adaptarse a ciertas cuestiones.

Una tarea en la que en numerosas ocasiones, debido al origen familiar de la empresa, hay que invertir esfuerzo y tiempo. Para adaptarse y cotizar en el MAB las empresas deben:

  • Estar constituidas como sociedad anónima.
  • Recoger en sus estatutos que sus acciones sean libremente transmisibles.
  • Incorporar un comité de auditoría en el consejo de administración, formado por un mínimo de tres miembros externos.
  • Tener su accionariado repartido, de tal modo que el conjunto de inversores que posean el 5% de sus acciones deben tener un valor mínimo de, al menos, dos millones de euros.
  • Incorporar en su reglamento de funcionamiento previsiones relativas a la transmisión de control y los cambios de participaciones significativos, junto a las ofertas de compra de acciones que afecten al 50% de la compañía. Además, las funciones y el perfil de los miembros que componen el consejo de administración tienen que remitirse detalladamente a la institución. 

El acceso a una adecuada financiación para la pequeña y mediana empresa tiene peculiaridades importantes. Para hacer frente a estas singularidades, en Europa funcionan desde hace tiempo diversos mercados alternativos bursátiles y en España contamos con el MAB para impulsar la financiación de las empresas al margen de mecanismos bancarios.

 

 

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