El 6 de abril, arranca la campaña de la Renta 2015, la primera en la que entran en vigor los cambios introducidos por la reforma fiscal aprobada por el gobierno de Mariano Rajoy el verano de 2015. Novedades de las que ya hemos hablado y en las que queremos profundizar. Son estas:
Tipos impositivos
El tipo mínimo ha bajado del 24,75% al 19,5% y, el máximo, del 52% al 45%. Esos porcentajes ya reflejan la reducción adicional que aprobó el Gobierno en julio y que intensificó la rebaja. La rebaja de tipos, los cambios en la reducción por rendimiento del trabajo y el incremento de los mínimos familiares son los elementos más relevantes que determinan la factura fiscal. Por ejemplo, en 2014, un soltero sin hijos que ganara 20.000 euros debía abonar por IRPF 2.704 euros y en 2015 pagará 2.394, supone un ahorro de un 11,4%.
Rendimientos del ahorro
Con la tarifa de 2015, los primeros 6.000 euros tributan al 19,5%, entre 6.000 y 50.000 euros aplican un tipo del 21,5% y, por encima de ese nivel, Hacienda se queda el 23,5% de las ganancias.
Planes de Pensiones
La reforma fiscal de 2015 mantuvo los beneficios tributarios para los planes de pensiones. Aunque existen unos límites que en 2015 se rebajaron. Hacienda redujo la aportación máxima a planes de pensiones que goza de ventaja fiscal, y que pasa de 10.000 euros anuales –12.500 a partir de los 50 años– a 8.000 euros. Desaparece el distinto tratamiento por edad.
Tributación por la venta de una casa
La reforma fiscal eliminó los llamados coeficientes de actualización y que permitían corregir la plusvalía por el efecto de la inflación. Así, una vivienda comprada por 100.000 euros en el año 2000 y vendida en 2014 por 150.000 euros generaba un beneficio de 50.000 euros. Con la aplicación del coeficiente de actualización, la ganancia se reducía a efectos fiscales hasta los 29.280 euros, que era el importe que tributaba. A partir de 2015, este beneficio fiscal desapreció. Por otra parte, la reforma fiscal también limitó los coeficientes de abatimiento que permitían rebajar la fiscalidad en el caso de la venta de inmuebles adquiridos antes del año 1994.Todo ello provoca que la rebaja de tipos que entró en vigor en 2015 no compense en muchas ocasiones la eliminación de los coeficientes de actualización y la limitación de los coeficientes de abatimiento.
Alquiler y vivienda
La deducción por compra de vivienda habitual se eliminó en 2013 para las nuevas compras, pero se mantuvo para aquellos contribuyentes que adquirieron su casa antes de esa fecha. La importancia de este beneficio fiscal es tal que, tres años después de su supresión, la deducción por vivienda sigue siendo uno de los beneficios fiscales más relevantes del sistema tributario. Los Presupuestos Generales del Estado para 2016 prevén que 3,9 millones de contribuyentes aplicarán la deducción por vivienda habitual esta campaña de la renta, lo que supondrá un ahorro de 2.500 millones.
La reforma fiscal supuso la desaparición de la deducción por alquiler de vivienda habitual para todos los inquilinos que firmaron un contrato a partir de 2015. Para el casero, se mantiene la reducción del 60% para los rendimientos que le genera el alquiler. Desaparece la reducción del 100% cuando el inquilino tiene menos de 30 años.
Fuente Cinco Días.