Tan solo quedan dos semanas para que entre en vigor la nueva directiva que obligará a todos los autónomos a estar dados de alta en el Sistema RED. A partir del próximo 1 de octubre la Tesorería General obliga a los profesionales por cuenta propia y a las empresas a realizar diversos trámites a través de este servicio telemático.
De este modo, se pone a disposición de los usuarios tanto el Sistema Red como la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), ya que la orden incluye también la recepción y firma de notificaciones con esta última.
Para acceder a los servicios, los autónomos deberán identificarse con un certificado digital, un DNI electrónico o acceso con Cl@ve. En este caso, las oficinas de la Seguridad Social facilitan el registro en el Sistema Cla@ve y el certificado de persona física de Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) con una solicitud previa en su página web.
¿Qué trámites deberán realizar vía electrónica los autónomos de forma obligatoria?
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Comunicar el inicio de actividad
- Darse de baja en el mismo
- Cambiar la base de cotización
- Modificar el epígrafe de actividad
- Solicitar la modificación para el año siguiente en la cobertura de contingencias (para accidentes de trabajo, enfermedad profesional, cese de actividad…)
- Variar los datos en el RETA y adjuntar documentación para acreditar el cumplimiento de los requisitos que permiten el acceso a determinados beneficios
La solicitud de un duplicado de documento de afiliación, la obtención de un informe de vida laboral, el acceso al informe de bases de cotización, el cambio de domicilio o datos personales o la domiciliación de pagos de cuotas de la Seguridad Social son algunas de las gestiones que podrán realizar también sin tener que desplazarse físicamente a la oficina de la Seguridad Social.