Tras la publicación de la Ley 5/2012 de Mediación de Asuntos Civiles y Mercantiles numerosos colectivos pusieron en marcha todo tipo de cursos para formarse en este campo alentados por grandes expectativas de que se produjera un boom de la mediación en España.
Sin embargo, a pesar de que las estadísticas de mediación, arbitraje y conciliación arrojan tímidamente datos positivos lo cierto es que ese estallido en la demanda de este tipo de procesos no se ha producido.
La demanda sigue sin tirar, ni ciudadanos, ni abogados, ni jueces están todavía concienciados en esta fórmula alternativa de resolución de conflictos.
Y todo ello a pesar de las innumerables ventajas que plantea la mediación en el ámbito civil y mercantil, ya que en la mediación se pueden tratar otras consideraciones de carácter comercial u otros intereses sin necesidad de acudir a los cauces del derecho ordinario.
Es un procedimiento más económico, rápido, flexible y totalmente confidencial en el que los implicados tienen el control sobre el resultado, lo que implica que el posible acuerdo satisfaga las necesidades e intereses de ambas partes.
Pero, curiosamente, a pesar de que en España hay cultura de diálogo y de convivencia pacífica, la mediación no termina de arrancar. Mientras, estudios realizados en países con larga tradición en mediación como Estados Unidos, arrojan que el índice de cumplimiento de los acuerdos adoptados en mediación es más alto que el cumplimiento de las resoluciones judiciales, con una diferencia de un 15%.
Ante este panorama, cabe plantearse qué obstáculos existen para que la mediación no avance en España. La realidad es que sólo existe uno y es el desconocimiento. Esta cuestión debería de atajarse por varios flancos.
Por un lado y, como ya hemos dicho, la mediación sigue siendo una gran desconocida para los ciudadanos, que a la hora de solucionar un conflicto siguen percibiendo los tribunales como el camino a seguir. En este campo la administración tiene una gran tarea ya que no ha invertido en formar al ciudadano y concienciarle de las ventajas que supone la mediación, como si lo hace en otras cuestiones relacionadas con la salud, la alimentación o la precaución al volante.
Otro colectivo que tampoco termina de percibir todas las bondades de este proceso es el de los abogados. Sin embargo aquí si se han realizado más avances, entre ellos destacan las acciones llevadas a cabo por el Consejo General del Poder Judicial que ha firmado convenios para implantar la mediación intrajudicial con los colegios de abogados de España, además de con la Fundación de los Notarios de Madrid. También ha firmado un convenio con la Consellería de Justícia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, la Fundación FAVIDE de Atención a Víctimas del Delito, la Universitat de Valencia, la Fiscalía Provincial, el Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), el Colegio Oficial de Psicólogos y la Asociación Profesional de Criminólogos para el desarrollo de un proyecto piloto de mediación penal intrajudicial en la ciudad de Valencia.
Cabe preguntarse también si no será necesario dar un paso más en el ámbito legislativo y optar por fórmulas que sí funcionan en otros países, como Argentina, donde es obligatoria, o Reino Unido, donde en la media de lo posible las partes deben llegar a un acuerdo sin hacer uso de los juzgados y tribunales.